

Se celebró este viernes la primera audiencia de debate en el juicio que enfrenta el denominado Clan Sena por el femicidio de Cristina Strzyzowski, por el que César Sena está imputado de autor, y sus padres, los dirigentes sociales Emerenciano Sena y Marcela Acuña de partícipes primarios, mientras 2 parejas de colaboradores: Fabiana González y Gustavo Obregón, y Gustavo Melgarejo y Griselda Ferreyra, llegaron acusados de encubrimiento.
Comenzó con las instrucciones de la jueza técnica Dolly Fernández al jurado, y los alegatos de apertura del Equipo Fiscal Especial, las querellas y las defensas de los imputados.
Para la fiscalía, está claro: César Sena asesinó a su pareja Cecilia Strzyzowski en la vivienda familiar de Santa María de Oro 1460, con la colaboración de sus padres, con quienes trazó un plan. Después, Acuña convocó a Obregón para que ayudara a César descartar el cadáver, que llevaron a la chanchería de Campo Rossi para incinerarlo. Y a González para que limpiara la casa para borrar evidencias.
Y en la chanchería le encomendaron a Melgarejo y Reynoso que mantuvieran vivo el fuego para asegurarse la eliminación total de los restos que días después César y Melgarejo cargaron en bolsas de residuos y los descartaron en el río Tragadero.
Los querellantes en representación de la familia de Cecilia: Gustavo Briend, y de la Subsecretaría de Género de la Provincia: Juan Díaz, coincidieron con la hipótesis de la Fiscalía.
Hay que probar la muerte
También hubo coincidencias entre los defensores de los integrantes de la familia Sena, que expusieron su interés en despegar a sus representados del caso.
Gabriela Tomljenovic, defensora de César, y Ricardo Osuna, abogado de Emerenciano, hicieron especial hincapié en la ausencia de un certificado de defunción, informe de autopsia, o pericias que certifiquen que algunos de los restos hallados durante la investigación, por lo que pusieron en duda que el crimen haya ocurrido.
Por su parte, Celeste Ojeda, defensora de Marcela Acuña, prefirió enfocarse en la versión del encubrimiento, admitiendo que su rol respondió al de una madre desesperada que actuó “mal”, pero que lo hizo para “defender a su hijo”. Y dijo que todo comenzó la tarde del 2 de junio cuando encontró accidentalmente “algo envuelto en una frazada”, y que inmediatamente apeló a Obregón para que “sacara eso” de la casa, diciéndole que “pasó algo grave con César”. Y que le había pedido “que Emerenciano no se entere”.
En función de eso, Osuna definió a Emerenciano Sena como “una persona de bien” y “empática”, y remercó que no hay prueba alguna contra su defendido.
Tomljenovic, tras escuchar a la defensora de Acuña, cuestionó que se considera que “algo envuelto en una frazada” sea considerado el cadáver de Cecilia. Y remarcó que no hay elementos para demostrar que Cecilia fue asesinada, y que el crimen haya ocurrido en esa casa.
Encubridores por gratitud
Buena parte de la teoría del caso de la Fiscalía, se apoya en la declaración que diera Gustavo Obregón durante la investigación penal preparatoria, en la que admite el hecho y su rol, como el de César Sena y de Marcela Acuña. Su abogada, Elena Puente, insistió en la ausencia de “un plan” para matar a Cecilia.
Puente también defiende a su esposa: Fabiana González, dijo que ambos “actuaron por confianza”, y describió la relación que ella mantenía con la familia Sena, desde que se incorporó, a los 15 años, al movimiento social y después al partido. Así, fundó en que lo que sea que hayan hecho, lo hizo por gratitud, por haberles dado trabajo y asistirlos en varias oportunidades.
Testigos, no encubridores
Mónica Sánchez, abogada de Melgarejo, dijo que éste ignora totalmente qué ocurrió con Cecilia y que tampoco participó, como reza la imputación, en la eliminación de los restos. Asegura que esa noche él estaba en un campo vecino comiendo un asado y que al regresar encontró la hoguera encendida pero que ignoraba quién la encendió y con qué fin.
Otro tanto dijo Celeste Ojeda, también defensora de Reynoso. Aseveró que ésta no sólo estuvo al margen de todo, sino que ni siquiera tenía relación con la chanchería de los Sena, sino que sólo era la pareja del cuidador.
Por esto, consideraron que ambos integrantes de la pareja que residía en la chanchería debería haber llegado al juicio como testigos, no imputados de encubrimiento.






