

Este miércoles comenzó la instancia de cesura en el juicio por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, presidida por la jueza Dolly Fernández, para definir el quantum de la pena de los imputados que fueron declarados culpables por el jurado popular.
César Sena fue declarado culpable de homicidio doblemente agravado por el vínculo y violencia de género, y sus padres, los dirigentes sociales: Emerenciano Sena y Marcela Acuña, y sus padres culpables como partícipes necesarios, tal como lo habían planteado el Equipo Fiscal Especial integrado por Martín Bogado, Jorge Cáceres Olivera y Nelia Velázquez.
Gustavo Obregón y Fabiana González, una de las parejas de colaboradores de la familia, fueron declarados culpables de encubrimiento agravado. Mientras la pareja de puesteros de la chanchería de Campo Rossi, tuvo mejor suerte: Gustavo Melgarejo fue declarado culpable por un delito menor al peticionado por la fiscalía: encubrimiento simple; y Griselda Reynoso fue declarada no culpable.
La culpabilidad de César, Emerenciano y Marcela, no tiene margen de morigeración de pena, ya que para ese delito sólo está prevista la prisión perpetua.
Reynoso fue puesta en libertad al momento de conocerse el veredicto, y Melgarejo, que ya llevaba casi 2 años y medio detenido, fue liberado días después ya que para el encubrimiento simple está prevista una pena de hasta 3 años de prisión.
Por esto, sólo resta cuantificar la condena de Obregón y González, que debe encuadrarse entre los 3 y los 6 años. Se cree que él es el más complicado por su activo rol en la eliminación del cadáver de Cecilia, junto a César. Pero también importa su colaboración para el esclarecimiento del crimen, lo que podría atemperar la sentencia.
Todo nulo
En primer turno se expresó la defensa de César, a través de Celeste Segovia, que pidió la nulidad del debate y, por ende, del veredicto del jurado popular, alegando que la declaración de culpabilidad de su defendido, como las de Emerrenciano y Marcela, fueron producto de la presión política, social y periodística ejercida sobre el jurado. Entre otras cosas, dijo que los llamaron “Clan Sena”, “piqueteros”, que fueron “demonizados” y “estigmatizados”, y condenados de antemano por la opinión pública forjada por la prensa y algunos sectores políticos, mayormente vinculados al Gobierno.
Según su entender, los 12 integrantes del jurado actuaron condicionados pero, además, algunos de ellos ya evidenciaban falta de imparcialidad durante las audiencias, y hasta se asomaron a saludar a los “grupos organizados” que se manifestaban en la plaza exigiendo justicia.
Los defensores de los otros imputados adhirieron al planteo: Ricardo Osuna y Olga Mongelós, abogados de Emerenciano; Celeste Ojeda, de Marcela; Elena Puente, de Obregón y González, y Mónica Sánchez, de Melgarejo.
Pericia psiquiátrica y prisión domiciliaria
Más adelante, Gabriela Tomljenovic, también abogada de César, solicitó la constitución de una junta médica especializada en psiquiatría, para examinar la salud mental de éste. Entendiendo que ya estaba en tratamiento antes de ser detenido y el contexto de encierro pudo haberlo afectado, sobre todo considerando que le espera una prisión perpetua.
Paralelamente, Osuna y Ojeda solicitaron que tras el tribunal las históricas clínicas de Emerenciano y Marcela, respectivamente, y que ambos sean evaluados para conocer fehacientemente s estado de salud y determinar si están en condiciones de afrontar el encierro.
Con estos planteos, pretenden que César cumpla condena en un instituto médico psiquiátrico, o que se “adapten” las condiciones carcelarias para garantizarle confort. Y en el caso de sus padres, la estrategia apunta a obtener la prisión domiciliaria.
Todo rechazado
A su turno, la fiscalía, la querella particular representada por Gustavo Briend y la querella en representación del Estado, a cargo de Juan Díaz, solicitaron a la jueza el rechazo in límine de los planteos.
En el caso de la anulación del juicio, por extemporáneo, y además por considerar insolvente el fundamento de la contaminación y las presiones al jurado.
Y en el otro, consideraron legítima la preocupación de los defensores por la salud de sus defendidos, pero entendieron que la misma debería debatirse después de fijadas las penas, en la instancia de ejecución.
Cómo sigue
Este jueves se sabrá cuáles pruebas solicitadas por las partes fueron admitidas por la jueza para ponderar al momento de debatir la cuantificación de las penas. El resto de los planteos hechos en la primera audiencia serán definidos al momento de dictar sentencia.






