Ley de reiterancia: proponen reformar el Código Procesal Penal del Chaco

El diputado Carim Peche propone reformar el Código Procesal Penal del Chaco para incorporar expresamente la "reiterancia" como fundamento para la prisión preventiva.

El diputado radical Carim Peche presentó este jueves un proyecto de ley para modificar el artículo 289 de la Ley 965 N del Código Procesal Penal del Chaco para incorporar la “reiterancia delictiva” como argumento para el dictado de la prisión preventiva de los procesados por delitos dolosos.

La norma va en el mismo sentido que la que fuera aprobada el último miércoles en Corrientes a instancias del gobernador Gustavo Valdés, y las que ya cuentan la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tucumán, Chubut y Formosa, y la que se discute en Santa Fe.

La ley, que rige desde 2004, ya contempla la reiterancia como uno de los “peligros” para el proceso que el fiscal deber ponderar, pero ahora se propone definirla expresamente como fundamento.

Actualmente se avala la prisión preventiva:

1) Si se tratare de delitos de acción pública reprimidos con pena privativa de la libertad y no aparezca procedente, prima facie, la condena de ejecución condicional.

2) Cuando procediendo la condena condicional, hubiere vehementes indicios de que el imputado tratará de eludir la acción de la justicia o entorpecer su investigación.

Y el proyecto de Peche añade: “3) Cuando el autor de delitos dolosos hubiera incurrido en reiteración de actividad delictiva entendida como la existencia actual o anterior de otro u otros procesos penales que tengan por objeto la investigación de delitos dolosos”.

El artículo reformado completa: “La existencia de estos peligros se inferirá de alguna de las siguientes circunstancias: falta de residencia, inexactitud del domicilio denunciado por el imputado, declaración de rebeldía en otro proceso penal, sometimiento a proceso anterior, haber obtenido cese de prisión preventiva anterior, o condena impuesta sin que haya transcurrido el término que establece el artículo 50 del Código Penal”.

No hay puerta giratoria

Para el ministro de Gobierno y Justicia: el exfiscal Jorge Gómez, Chaco fue pionera en la valoración de la reiterancia al momento de dictar prisión preventiva, y es una herramienta que está disponible. Y negó la existencia de la denominada “puerta giratoria” en el sistema judicial chaqueño.

El presidente del Superior Tribunal de Justicia: Víctor Omar del Río, se expresó en el mismo, y para argumentar dijo que, de otro modo, no existiría una superpoblación en todos los lugares de detención, aunque no relacionó el número de plazas disponibles en función de la cantidad de habitantes o los índices delictivos.